Preguntas Frecuentes
La transparencia es la base de la confianza. Aquí encontrarás respuestas claras y directas a las consultas más habituales sobre nuestra gestión inmobiliaria, respaldo legal y administración de patrimonio.
Sí. Nuestros honorarios se aplican tanto en operaciones de arriendo como de venta. Esta inversión garantiza una gestión integral, un filtro riguroso de prospectos, redacción de contratos blindados y el respaldo legal durante todo el proceso, minimizando los riesgos asociados a su patrimonio.
Si cuentas con nuestro plan de Administración con Seguro, nosotros te pagamos el arriendo de igual forma, protegiendo tu flujo de caja al 100%. Si cuentas con un plan estándar, nuestro equipo legal te asesorará de inmediato con las acciones prejudiciales y legales correspondientes, las cuales varían según la naturaleza de la propiedad.
Se solicita como un estricto "abono de seriedad". Esto formaliza el compromiso real entre el propietario, el arrendatario y nosotros. Al recibirlo, sacamos la propiedad del mercado inmediatamente, asegurando que el proceso de revisión de antecedentes y firma de contrato fluya de manera segura y sin pérdidas de tiempo para ninguna de las partes.
Absolutamente. Hemos cerrado ventas en tiempo récord (cuestión de días). Sin embargo, el éxito depende fundamentalmente de fijar un precio de mercado estratégico, dejando de lado el valor emocional o el tiempo invertido. Nosotros realizamos un análisis financiero objetivo para asegurar que tu propiedad sea competitiva y se venda rápido.
Sí. Aunque en Chile el corretaje aún no cuenta con un marco regulatorio estatal estricto, nosotros operamos bajo los más altos estándares de calidad de la industria y somos miembros activos y respaldados por los principales gremios del país: ANACOPRO A.G. y ACOP CHILE A.G.
Sí. Contamos con un plan de cobertura integral que protege tu patrimonio al 100%. Este seguro de primer nivel cubre el pago mensual del arriendo, el corte de servicios básicos e incluso los gastos comunes en caso de que el inquilino entre en morosidad, brindándote tranquilidad total.
Sí. Como firma profesional de administración patrimonial, operamos en estricto cumplimiento normativo. En virtud del Código Tributario (Decreto Ley N° 830) y la Ley sobre Impuesto a la Renta (Decreto Ley N° 824), tenemos la obligación legal de presentar anualmente ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) la Declaración Jurada 1835 sobre bienes raíces arrendados.
• Personas Naturales: Reportamos los ingresos de su propiedad. Dependiendo del inmueble (ej. beneficios DFL-2), estos ingresos pueden estar exentos o bien, tributar en su Global Complementario. Nuestra gestión transparenta su información fiscal, evitando discrepancias futuras con el SII.
• Personas Jurídicas (Empresas): Los ingresos por arriendo tributan como rentas de Primera Categoría. Nuestra declaración sirve como respaldo oficial y cuadre automático para la contabilidad de su sociedad.
Nosotros nos encargamos de este proceso regulatorio de forma automática, protegiéndolo de multas o contingencias fiscales.